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Air Madrid se desentiende de la devolución de los billetes vendidos en agencias de viaje
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INFORMATIVOSTELECINCO.COM/AGENCIAS
16 de diciembre 2006

Air Madrid insta a los pasajeros que adquirieron billetes a través de agencias de viajes a que reclamen su dinero a la Asociación Internacional del Transporte Aéreo. Según la aerolínea, "la mayoría" de sus billetes "se venden a través de agencias de viajes que ingresan el dinero en un organismo de la IATA, y que se paga a las compañías el día 15 del mes siguiente". Esta Asociación comunicó ayer a Air Madrid que ese dinero quedaba retenido.

La compañía subraya en un comunicado que no ha recibido el importe de "miles de billetes" vendidos desde el día 1 de noviembre de 2006, y añade que "muchísimos" de los pasajeros que compraron el billete en noviembre "ya han volado a pesar de que Air Madrid no haya recibido el importe de sus pasajes".

Fomento se hace cargo del transporte

En un comunicado, el Departamento que dirige Magdalena Álvarez ha recordado que "ante la irresponsable decisión de la compañía de suspender unilateralmente sus vuelos, la Dirección General de Aviación Civil ha resuelto, pese a no tener la responsabilidad de hacerlo, hacerse cargo de los pasajeros afectados en la medida de lo posible hasta el próximo 21 de diciembre".

En este sentido, Fomento ha explicado que su traslado se hará en función de las plazas disponibles que consiga obtener Aviación Civil, de acuerdo con un conjunto de siguientes criterios de preferencia.

Primero: viajes de vuelta

Así, primero volarán los pasajeros que, teniendo un billete cerrado por la compañía Air Madrid hasta el 21 de diciembre de 2006 realicen viaje de regreso entre España y países iberoamericanos, y entre España y Rumania (hacia cualquiera de los dos destinos) por haber realizado ya su viaje de ida.

Urgente necesidad y reserva confirmada

Posteriormente, embarcarán los pasajeros en situación de urgente necesidad, seguidos de aquellos con reserva confirmada con Air Madrid de vuelos entre España y países iberoamericanos o entre España y Rumanía (en ambos sentidos), siempre que soliciten realizar el viaje antes de las 24 horas del 21 de diciembre.

La solicitud de la asignación de plazas se cursará a través de la central telefónica establecida por la Dirección General de Aviación Civil, para que, mediante acuerdo con las compañías aéreas que se determinen, se facilite su traslado.

Además, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) ha organizado un dispositivo para atender a los pasajeros afectados, proporcionándoles información, un lugar para permanecer mientras son atendidos y, en caso necesario, vituallas.

Atención telefónica

Fomento ha informado también de que el centro telefónico de información que ha puesto en funcionamiento para atender a los afectados ya ha respondido desde su puesta en servicio (19.00 horas del 12 de diciembre hasta las 13:30 de hoy) 13.307 llamadas, de las que 2.791 han sido respondidas hoy entre las 00:00 horas y las 13:30 horas.

Los agentes que atienden el teléfono informan a los solicitantes si su situación se encuentra o no contemplada en el dispositivo especial de emergencia. También les facilitan información concreta sobre sus derechos como pasajero y encaminan hacia páginas como la web de Fomento, donde pueden consultar directamente el Reglamento de los Derechos del Pasajero.

Los derechos de los pasajeros frente a la cancelación de sus vuelos están recogidos en el reglamento jurídico comunitario, que establece que la compañía deberá: rembolsar el billete o transporte alternativo al destino final en condiciones de transporte comparables; dar atención gratuita al pasajero, ofreciéndole comida, bebida, llamadas y, en su caso, alojamiento; y compensar económicamente al pasajero.

Asimismo les informan de que "aunque Air Madrid ha decidido unilateralmente suspender sus operaciones, sigue atendiendo legalmente todas las obligaciones con sus pasajeros, entre las que se encuentra facilitar un transporte alternativo o el reembolso de su billete".

En ese sentido, a los afectados que llaman se les comunica cómo y dónde presentar una reclamación ante la compañía aérea, además de informar de otras opciones como cumplimentar una hoja oficial de reclamación de Aena o presentar la oportuna demanda ante los Tribunales de Justicia para reclamar daños y perjuicios.

Las preguntas más frecuentes hasta el momento se centran en el derecho al reembolso del importe del billete, cómo efectuar las reclamaciones pertinentes y cuál es la respuesta del Ministerio de Fomento ante la situación creada por Air Madrid. MGA

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