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Bruselas lleva a España ante el TUE por las condiciones ilegales a la OPA de E.ON
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INFORMATIVOSTELECINCO.COM / AGENCIAS
28 de marzo de 2007

La Comisión Europea denuncia a España ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) por no haber retirado las condiciones impuestas a la oferta pública de adquisición (OPA) de la alemana E.ON sobre Endesa. Bruselas las declaró ilegales al considerar que vulneran los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento.

Ésta es la segunda denuncia contra España ante el TUE por el caso E.ON, ya que Bruselas ya llevó el pasado 24 de enero ante la justicia europea el decreto de febrero de 2006 que amplió las competencias de la CNE y facultó al regulador energético para analizar la OPA de la alemana.

El pasado 7 de marzo el Ejecutivo comunitario lanzó un ultimátum de siete días laborables al Gobierno español para que retirara todos los requisitos impuestos a E.ON para adquirir Endesa, tanto los que dictaminó la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en julio de 2006 como los del ministerio de Industria en noviembre del mismo año en respuesta a los recursos contra la decisión del regulador.

España rechazó de nuevo las exigencias de la Comisión y ratificó que mantiene las condiciones a la OPA de la alemana, que han sido aceptadas por la propia empresa, porque considera que son compatibles con la legislación comunitaria y necesarias para garantizar la seguridad de suministro energético.

Entre las condiciones cuya retirada pide el Ejecutivo comunitario se encuentran la obligación de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco años, la prohibición de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla también en cinco años, la obligación de utilizar carbón nacional, y la obligación para E.ON de no adoptar decisiones estratégicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislación española.

Bruselas ya ha declarado ilegales estos requisitos mediante sendas decisiones jurídicamente vinculantes --y que por tanto pueden ser invocadas por E.ON ante tribunales nacionales-- por vulnerar los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento. JOS

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