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Farruquito no irá a la cárcel porque el juez considera su confesión, seis meses después, como atenuante
 Los atenuantes de la sentencia
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AGENCIAS
29 de julio de 2005

El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya "Farruquito" ha sido condenado a 16 meses de prisión por el atropello mortal de un peatón, en una sentencia que le aplica las atenuantes de confesión e indemnización a la víctima para rebajar la pena, respecto a los 4 años y un mes pedidos por el fiscal.

La sentencia del juzgado penal 8 de Sevilla ha considerado probado que "Farruquito" circulaba a 80 kilómetros por hora en una calle limitada a 40, que se saltó un semáforo en rojo antes del atropello y "alguno o algunos" al huir, y que además conducía su coche BMW "sin el deber de cuidado que le era exigible" debido al suelo mojado y la existencia de un paso de cebra.

El veredicto condena al bailaor a dos penas de 8 meses cada una por delitos de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro, pero le absuelve de un tercer cargo por simulación de delito, al haber intentado culpar del atropello a un hermano menor de edad.


Los “pinchazos”, invalidados

La sentencia contiene la peculiaridad de anular los "pinchazos" telefónicos que permitieron descubrir los hechos, por lo que aplica a "Farruquito" la atenuante de confesión de los hechos, pese a que no la hizo hasta seis meses después y cuando ya había sido acusado por la Policía.

La juez absuelve al cantaor J.R.S., "El Canastero", que viajaba de copiloto, porque al no ser el causante del atropello no tenía la "obligación personalísima, primaria y principal" de auxiliar a la víctima”.

En cuanto al artista, la juez rebaja la pena por el delito de omisión porque "aún siendo penalmente reprochable su proceder, a la hora de determinar la pena no puede olvidarse que paró y se percató de que la víctima no quedaba sola sino que fue inmediatamente atendida, contando incluso entre los asistentes con un médico".

"Farruquito" deberá indemnizar a la viuda de la víctima, María Angeles Madero, en 102.483 euros y a cada uno de sus padres en 8.275 euros.


Sólo inculpó a su hermano de chocar contra un contenedor

Otros cuatro acusados -el tío de "Farruquito" A.F.F., el empresario de Marbella O.B.P. y los policías malagueños B.R.M. y J.M.A.H.- han sido absueltos de urdir una trama para culpar del atropello al hermano menor del bailaor, en virtud del principio de los "frutos del árbol envenenado" porque la única prueba contra ellos fue las escuchas telefónicas.

La juez impone una pena mínima a "Farruquito" por la atenuante de reparación del daño, ya que ha destinado los 140.000 euros que depositó como fianza a indemnizar a la viuda y padres de la víctima, y porque considera demostrado que, tras atropellar a Benjamín Olalla el 30 de septiembre de 2003, "detuvo la marcha, miró hacia atrás y se percató de que tres o cuatro personas rodeaban al peatón".

En cuanto al supuesto intento de culpar a su hermano de 15 años, la sentencia acoge la tesis de "Farruquito" de que él "en ningún momento manifestó que su hermano condujera el vehículo el día del atropello, pues lo único de lo que le hizo responsable es de un golpe con unos contenedores de basura".

La Fiscalía de Sevilla ha anunciado que la próxima semana decidirá si recurre, mientras que el letrado del bailaor, Benito Saldaña, ha indicado que posiblemente pida a la Audiencia que anule la condena por omisión del deber de socorro, que a su juicio no existió, y expresó su satisfacción por un fallo que "se acerca a las tesis que mantuvo esta defensa".

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