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La juez deja en libertad provisional a los guardias civiles a pesar de la petición de la Fiscalía
 La juez ve indicios de delito en la actuación del teniente y de un agente
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AGENCIAS
8 de agosto de 2005

La juez del Juzgado de Primera Instancia de Roquetas del Mar ha decretado la libertad provisional con cargos para los nueve guardias civiles implicados en la muerte del agricultor Juan Martínez Galdeano. Por su parte, el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Almería, Juan Manuel de Oña, había solicitado la prisión provisional para el teniente y otro de los guardias civiles "en virtud de la utilización de medios agresivos y violentos en la reducción del detenido y por una posible extralimitación en sus funciones".

En el auto judicial, la jueza entiende que "en el momento actual de la investigación y a la espera de los resultados forenses definitivos sobre las concausas de la muerte de Martínez Galdeano, "no puede afirmarse contundentemente la relación causal entre la actuación de los imputados y el fallecimiento del detenido".

El auto, en el que la jueza se refiere sólo al teniente y al guardia civil para quienes el fiscal pedía prisión provisional -la defensa sólo pedía esa medida para el teniente-, agrega que "ciertamente, del material gráfico y de las declaraciones vertidas por los imputados en las actuaciones parece inferirse la presencia de una extralimitación en sus funciones y de una actividad presuntamente delictiva".


Motivos de la jueza para que permanezcan en libertad


A juicio de la jueza, no existe riesgo de que el teniente y el agente en cuestión se sustraigan a la acción de la justicia, "habida cuenta de la situación de arraigo que tienen en nuestro territorio".

Además, al estar suspendidos de sus funciones, "tampoco se puede temer una reiteración delictiva", según el auto, que precisa que tampoco "existe prueba ni indicio alguno que lleve a pensar que manteniéndose en libertad, vayan a atentar contra los bienes jurídicos de los familiares de la víctima".

Tampoco considera la jueza que, "a la vista de sus declaraciones policiales y judiciales, así como de su actuar y de que están apartados temporalmente de su cargo", exista riesgo de que "vayan a alterar, destruir u ocultar medios de prueba".

La finalidad de la prisión provisional como medida cautelar, agrega el auto, "no es que el encartado abone por adelantado la pena que pueda imponersele caso de ser condenado, ni mucho menos satisfacer las exigencias de la opinión pública".


"La alarma social no fundamenta una medida cautelar"


Entiende por ello que "la alarma social y el clamor popular no pueden fundamentar una medida cautelar de la envergadura de la prisión preventiva, ni pueden nublar la perspectiva de la actuación judicial que ha de caracterizarse por la prudencia, la independencia y, por encina de todo, la legalidad".

"Por todo ello, al margen de los indicios de criminalidad existentes en la causa, lo cierto es que no se verifica la concurrencia de ninguno de los fines legalmente establecidos para poder acordar la prisión preventiva", agrega el auto que desestima así la prisión provisional.


Petición de la Fiscalía


El fiscal jefe de la Audiencia provincial de Almería, el Ministerio Público ha solicitado un conjunto de diligencias de pruebas testificales, "periciales fundamentales y algunas de otra naturaleza".

El abogado de la acusación, José Ramón Cantalejo, anunció su intención de presentar un recurso de reforma contra el auto.

Hasta el juzgado de Instrucción 1 de Roquetas, en el que han declarado este lunes el teniente al mando del acuartelamiento y uno de los agentes imputados, se trasladaron también por petición de la jueza los otros siete guardias civiles presuntamente implicados a los que ya tomó declaración en días pasados, para serles comunicada la decisión judicial.

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