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Bares, restaurantes y empresas se preparan para la aplicación de la ley del tabaco
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AGENCIAS
26 de diciembre de 2005

A unos días de que acabe el año 2005, bares, restaurantes, comercios y empresas se preparan para afrontar la entrada en vigor de la Ley del Tabaco. El cartel de prohibido fumar deberá colgarse en todos los centros de trabajo, públicos y privados, incluidos los estancos, pequeñas tiendas y cabinas telefónicas. Las empresas deben decidir si van a dejar salir a la calle a los fumadores y cuantas veces.

Los espacios dedicados a la hostelería y que tengan menos de 100 metros cuadrados deben decidir también si van a ser de fumadores o no.

Algunas Comunidades Autónomas, como Madrid, ya han comenzado a difundir a través de Internet los carteles que deben separar las áreas en los locales de más de 100 metros cuadrados y los que deben anunciar si son establecimientos para fumadores o no en la entrada de los de menos de 100 metros.

Los únicos espacios que se libran de alguna manera de esta prohibición total son los aeropuertos, hoteles, hostales, psiquiátricos, salas de fiesta, teatros o cines. En todos estos lugares sólo se podrá fumar en las zonas especiales habilitadas para fumadores.

En los bares y restaurantes con más de 100 metros cuadrados podrán declarase libres de humo o, en caso contrario, habilitar una zona para fumadores.

En este ultimo caso tienen ocho meses de plazo para aplicar la ley, ya que es el plazo que se les ha dado para acometer las obras necesarias que les permitirán habilitar un espacio para fumadores.


El empresario decide

Los empresarios son los que deberán decidir si van a permitir a los fumadores bajar a la calle a fumar y cuántas veces a lo largo de la jornada podrán hacerlo, así como el régimen de infracciones si incumplen estas salidas al exterior.

Esta decisión podrá tomarse bien por acuerdo interno de la empresas o bien a nivel de convenio específico de cada empresa. No vale tampoco fumar al lado de una ventana o en un cuarto de baño.

Cualquier trabajador podrá denunciar ante la inspección de su respectiva comunidad autónoma que en su trabajo se incumple la ley. Las multas por fumar o por dejar fumar van de 30 a 600 euros.

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