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Penas de 5 a 10 años de cárcel para los culpables
 Las condenas por incendios
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AGENCIAS
18 de julio de 2005

La profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Rey Juan Carlos Julia Ropero considera que los excursionistas que encendieron la barbacoa que provocó el incendio al norte de Guadalajara podrían ser condenados a penas de entre 5 y 10 años de prisión por delito de incendio forestal con "grave" peligro contra las personas pero cometido con imprudencia, en aplicación de los artículos 351, 352 y 358 del Código Penal.

Según explicó esta especialista no se les puede condenar por homicidio imprudente puesto que no resultaba previsible que el hecho de provocar el fuego por no apagar la barbacoa iba a suponer la muerte de personas, además de que es posible añadir una eventual imprudencia de los propios fallecidos.

Además, esta experta en Derecho Penal descarta un delito contra el medio ambiente, ya que el propio Código Penal recoge "expresamente" el delito de incendio forestal. Asimismo, tampoco parece que hubiera dolo o intención por parte de los excursionistas de producir el incendio ni los daños materiales y humanos, según Ropero.

La multa económica, cuya cantidad tendrá que determinar el juez en función de la capacidad de cada una de las personas implicadas, se abonará en cuotas de seis a doce meses. Esta sanción no está relacionada con la responsabilidad civil de los responsables del incendio, que se determinará en un proceso aparte, tal y como señaló Ropero.

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